Estimados colegas:
Las nuevas disposiciones emanadas por las autoridades nacionales en el artículo 2° del decreto N° 355/20 nos exceptúan del cumplimiento del “aislamiento social preventivo y obligatorio”, y nos permiten llevar a cabo atención médica programada con turno previo, para la prevención y el seguimiento de enfermedades crónicas.
Este decreto hasta el momento fue solicitado por los gobernadores de las provincias de La Pampa, Neuquén, Formosa, Santa Cruz, Corrientes, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Salta, San Juan, Córdoba, Jujuy, La Rioja, Chubut, Catamarca, Río Negro, Entre Ríos, Mendoza, Santa Fe, Chaco, Buenos Aires, San Luis y Misiones, y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. No obstante y por la dinámica de los hechos consideramos prudente verificar su vigencia en forma constante.
Desde la SAD recomendamos ante la re-apertura de consultorios médicos, cumplimentar todas las medidas necesarias para proteger a los pacientes, personal médico y no médico frente a eventuales contagios de COVID-19.
Medidas sugeridas:
- Pautas de seguridad según protocolo sanitario a implementar en las salas de espera, con el personal administrativo y médicos:
Extremar las medidas de protección. Usar alcohol en gel o análogos, así como toallas de papel descartables para el ingreso y en los ambientes.
Implementar barreras físicas.
Evitar el contacto con credenciales y otros objetos, a menos que sea indispensable (por ej. Priorizar el uso de credenciales virtuales). - Consultas programadas:
Asignar turnos con agenda previa.
Respetar los horarios pautados.
Espaciar los turnos el máximo tiempo posible (mínimo cada 30 minutos). - Salas de espera y ambientes:
Implementar las medidas de distanciamiento social indicadas por las autoridades.
Minimizar las superficies de contacto.
Realizar la limpieza y ventilación de los ambientes.
Remover los folletos y las revistas de los espacios comunes.
Realizar la descontaminación de las superficies con hipoclorito de sodio al 0,5% o alcohol al 70%. - Pacientes:
Concurrir con barbijo.
Sin compañía salvo que sea estrictamente necesario y comunicado previamente. - Médico y personal:
Utilizar la indumentaria adecuada.
Higienizar las partes del cuerpo que hayan sido expuestas.
No utilizar accesorios personales tales como anillos, relojes, pulseras, aros, cadenas, etcétera.
El ambo o ropa de trabajo se deberá transportar en bolsa roja al sitio de lavado, donde se lavará solo y a alta temperatura. - Consultorios:
Se recomienda realizar la asepsia de los consultorios entre cada consulta. - Mecanismos de detección previa de casos sospechosos y derivación correspondiente:
Se debe realizar un cuestionario al paciente el día previo a la consulta interrogando si en las últimas dos semanas ha tenido:
*Tos.
*Fiebre (>37,5).
*Síntomas respiratorios.
*Pérdida del olfato y/o pérdida del gusto.
*¿Ha estado en contacto con alguna persona con diagnóstico confirmado o cuadro sospechoso de COVID-19, por ejemplo con síntomas respiratorios, en las últimas 2 semanas?
De acuerdo a las respuestas del paciente, en aquellos casos con datos positivos se sugiere realizar telemedicina, retrasar el turno al menos 2 semanas y derivar al paciente a un centro de referencia en diagnóstico de COVID-19 de corresponder.
En aquellos casos donde la evaluación brinde resultados negativos se podría agendar el turno presencial.
- Recomendamos de ser posible implementar la telemedicina para:
Confeccionar recetas, realizar control y seguimiento de las distintas dermatosis con evolución favorable, crónicas y de rutina, evaluación de los resultados de estudios solicitados, etc. - Honorarios:
Toda consulta, ya sea presencial o virtual constituye un acto médico. El profesional actuante debe recibir los honorarios correspondientes.
Fuente: www.sad.org.ar